Lista y breve descripción de las condiciones:
Si bien la inscripción en el ROLECE no es obligatoria en el procedimiento abierto, la inscripción en
el mismo acreditará, frente a todos los órganos de contratación del Sector Público, a tenor de lo en
él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su
personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial,
solvencia económica y financiera y técnica o profesional, clasificación y demás circunstancias
inscritas, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban
constar en el mismo.
REQUISITOS MÍNIMOS DE SOLVENCIA Y DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA: de conformidad
con lo previsto en los artículos 86, 87 y 90 de la LCSP