5.1.1.
Finalidad
Naturaleza del contrato: Servicios
Clasificación principal (cpv): 85311300 Servicios de bienestar social proporcionados a niños y jóvenes
5.1.2.
Lugar de ejecución
Subdivisión del país (NUTS): Barcelona (ES511)
País: España
5.1.3.
Duración estimada
Fecha de inicio: 01/01/2026
Fecha de finalización de la duración: 31/12/2026
5.1.4.
Renovación
Número máximo de renovaciones: 4
5.1.6.
Información general
Participación reservada:
La participación no está reservada.
Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
5.1.9.
Criterios de selección
Fuentes de los criterios de selección: Documento europeo único de contratación (DEUC)
5.1.12.
Condiciones de la contratación pública
Condiciones de presentación:
Presentación electrónica: Obligatoria
Lenguas en las que pueden presentarse las ofertas o solicitudes de participación: catalán
Plazo de recepción de ofertas: 10/06/2025 12:00:00 (UTC+01:00) Hora de Europa Central, hora de verano de Europa Occidental
Condiciones del contrato:
La ejecución del contrato debe realizarse en el marco de programas de empleo protegido: No
Condiciones relativas a la ejecución del contrato: Establecidas en el apartado M del pliego de cláusulas administrativas
Facturación electrónica: Permitida
Se utilizarán pedidos electrónicos: sí
Se utilizará el pago electrónico: sí
5.1.16.
Información adicional, mediación y recurso
Organización encargada de los procedimientos de recurso: Tribunal Català de Contractes del Sector Públic
Información sobre los plazos de revisión: Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones previstos en el artículo 44 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP). Este recurso tiene carácter potestativo, es gratuito para los recurrentes, se podrá interponer ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público, previa o alternativamente a la interposición del recurso contencioso-administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de junio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y se regirá por lo dispuesto en los artículos 44 y siguientes de la LCSP y el Real decreto 814/2015, de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Contra los actos susceptibles de recurso especial no procede la interposición de recursos administrativos ordinarios. Contra los actos que adopte el órgano de contratación en relación con los efectos, la modificación y la extinción de este contrato que no sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación, procederá la interposición del recurso administrativo ordinario que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; o del recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa. Los acuerdos que adopte el órgano de contratación en el ejercicio de las prerrogativas de la Administración son susceptibles de recurso potestativo de reposición, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la legislación básica del procedimiento administrativo común, o de recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa
Organización que proporciona información adicional sobre el procedimiento de contratación: Departamento de Drets Socials i Inclusió
Organización que recibe solicitudes de participación: Departamento de Drets Socials i Inclusió