Información adicional
Contrato administrativo: de servicio, sujeto a regulación armonizada, de acuerdo con la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP). Tramitación ordinaria de la licitación y gasto anticipado.
La presente contratación tramitada en régimen de tramitación anticipada de gasto está sujeta a la condición suspensiva de la existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones que de ella se derivan en el/los ejercicio/s correspondiente/s.
Condiciones de participación: capacidad jurídica y de obrar, representación en su caso, no estar incurso en prohibición para contratar y los demás requisitos que correspondan de acuerdo con lo establecido en el PCAP.
Oferta: cada licitador presentará una única proposición en relación con la totalidad de la prestación objeto del contrato.
Presentación de la proposición: se presentará únicamente a través del Sistema de Licitación Electrónica de la Xunta de Galicia (SILEX), al que se accede desde la dirección
www.conselleriadefacenda.es/silex.
La apertura de los archivos electrónicos A, B y C se realizará según lo dispuesto en el PCAP. La apertura del archivo electrónico B y su valoración se efectuará con anterioridad a la apertura y valoración del archivo electrónico C.
La fecha y hora para la apertura en acto público en las dependencias de Augas de Galicia del archivo electrónico C se harán públicas por lo menos con tres días hábiles de antelación a su celebración solo en el perfil de contratante. El acto se celebrará a distancia con el empleo de medios electrónicos. Los licitadores interesados en asistir a esta apertura pública deberán inscribirse en su apartado correspondiente (datos de la mesa 3) en el perfil de contratante.
En caso de que los actos de apertura de las ofertas se modificasen se harán públicas las nuevas fechas con la antelación señalada solo en el perfil de contratante.
El órgano de contratación adjudicará en el plazo de 5 meses, a contar desde la apertura de las proposiciones contenidas en el archivo electrónico B, de acuerdo con la posibilidad prevista en el artículo 158.2 de la LCSP.
Modificaciones contractuales previstas: se establece en el contrato la posibilidad de eventuales modificaciones previstas en los términos expresados en el PCAP.