703056-2024 - Resultados
España – Servicios relacionados con desperdicios y residuos – Recogida de residuos sólidos urbanos, limpieza viaria y limpieza de playas del Ayuntamiento de Sanxenxo.
OJ S 225/2024 19/11/2024
Anuncio de adjudicación de contrato o concesión. Régimen normal
Servicios
1. Comprador
1.1.
Comprador
Denominación oficial: Pleno del Ayuntamiento de Sanxenxo
Correo electrónico: perfildelcontratante@sanxenxo.org
Naturaleza jurídica del comprador: Autoridad local
Actividad del poder adjudicador: Servicios públicos generales
2. Procedimiento
2.1.
Procedimiento
Título: Recogida de residuos sólidos urbanos, limpieza viaria y limpieza de playas del Ayuntamiento de Sanxenxo.
Descripción: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LACP), y en los términos señalados en el artículo 116 de la LCSP, en la memoria justificativa de la necesidad y finalidad del contrato, documento que forma parte del expediente se recogen las necesidades que pretende satisfacer la Administración con esta contratación. El art. 25.2.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril , reguladora de las Bases de Régimen Local señala, entre las materias en las que los ayuntamientos ejercerán competencias en los términos de la legislación del estado y de las comunidades autónomas, los servicios de limpieza viaria y de recogida y tratamiento de residuos. El art. 26.1.l), dispone que todos los municipios deberán prestar, en todo caso, los servicios de recogida de residuos y limpieza viaria. En ese mismo sentido los arts. 80 y 81 de la Ley 5/1997, de 22 de julio , de Administración Local de Galicia. A estas competencias derivadas de la normativa de ámbito local, tiene que añadirse lo dispuesto en el artículo 12.5 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que establece como servicio obligatorio que corresponde a las entidades locales a recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos domésticos en la forma en la que establezcan sus respectivas ordenanzas, de conformidad con el marco jurídico establecido en esta ley, en las leyes e instrumentos de planificación que, en su caso, aprueben las comunidades autónomas y en la normativa sectorial en materia de responsabilidad ampliada del productor. Cabe por tanto concluir que los servicios que se pretenden contratar tienen carácter público y son de competencia municipal y obligada prestación, por lo que es necesario continuar con su adecuada prestación. La gestión de residuos deberá cumplir con los objetivos planteados por la mencionada ley de reducir la producción de residuos, maximizar su valoración y minimizar su eliminación o vertido. El servicio de limpieza viaria y limpieza de playas deben responder también a los principios básicos de sostenibilidad y adaptación constante de la prestación a las necesidades del municipio, asegurando un entorno limpio e partiendo de una realidad conocida pero cambiante en el tiempo de duración del contrato. El principio rector del servicio debe ser mantener el municipio en condiciones óptimas de limpieza y salubridad, ajustando el servicio a las necesidades de cada momento. Es por eso que la necesidad de suscribir el presente contrato deriva de la importancia de llevar a cabo las actuaciones constitutivas del contrato de servicios para la recogida de los residuos sólidos urbanos, limpieza viaria y limpieza de playas y se presenta cómo necesaria la celebración de tal contratación a fin de dar respuesta a las necesidades y deberes de prestación existentes. Se estima necesaria la contratación pretendida a través de un contrato de servicios, definido en el artículo 17 de la LCSP cómo aquel cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro, incluyendo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario.
Identificador del procedimiento: c15db260-844b-4c91-b5c6-e68afc6c5832
Anuncio anterior: 3f11e08f-a7ff-4149-ba49-3fd6e8d6fbd9-01
Identificador interno: 30/2023 (electrónico 9047/2023)
Tipo de procedimiento: Abierto
2.1.1.
Finalidad
Naturaleza del contrato: Servicios
Clasificación principal (cpv): 90500000 Servicios relacionados con desperdicios y residuos
Clasificación adicional (cpv): 90511000 Servicios de recogida de desperdicios, 90511100 Servicios de recogida de desperdicios sólidos urbanos, 90511200 Servicios de recogida de desperdicios domésticos, 90511300 Servicios de recogida de basuras, 90511400 Servicios de recogida de papel, 90512000 Servicios de transporte de desperdicios, 90513000 Servicios de tratamiento y eliminación de desperdicios y residuos no peligrosos, 90513100 Servicios de eliminación de desperdicios domésticos, 90513200 Servicios de eliminación de desperdicios sólidos urbanos, 90610000 Servicios de limpieza y barrido de calles, 90611000 Servicios de limpieza de calles, 90612000 Servicios de barrido de calles
2.1.2.
Lugar de ejecución
Subdivisión del país (NUTS): Pontevedra (ES114)
País: España
2.1.4.
Información general
Información complementaria: Se anula el anuncio de licitación enviado el 03/10/2024 y publicado el 04/10/2024 con número 599970-2024
Base jurídica: 
Directiva 2014/24/UE
5. Lote
5.1.
Lote: LOT-0000
Título: Recogida de residuos sólidos urbanos, limpieza viaria y limpieza de playas del Ayuntamiento de Sanxenxo.
Descripción: En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LACP), y en los términos señalados en el artículo 116 de la LCSP, en la memoria justificativa de la necesidad y finalidad del contrato, documento que forma parte del expediente se recogen las necesidades que pretende satisfacer la Administración con esta contratación. El art. 25.2.l) de la Ley 7/1985, de 2 de abril , reguladora de las Bases de Régimen Local señala, entre las materias en las que los ayuntamientos ejercerán competencias en los términos de la legislación del estado y de las comunidades autónomas, los servicios de limpieza viaria y de recogida y tratamiento de residuos. El art. 26.1.l), dispone que todos los municipios deberán prestar, en todo caso, los servicios de recogida de residuos y limpieza viaria. En ese mismo sentido los arts. 80 y 81 de la Ley 5/1997, de 22 de julio , de Administración Local de Galicia. A estas competencias derivadas de la normativa de ámbito local, tiene que añadirse lo dispuesto en el artículo 12.5 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, que establece como servicio obligatorio que corresponde a las entidades locales a recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos domésticos en la forma en la que establezcan sus respectivas ordenanzas, de conformidad con el marco jurídico establecido en esta ley, en las leyes e instrumentos de planificación que, en su caso, aprueben las comunidades autónomas y en la normativa sectorial en materia de responsabilidad ampliada del productor. Cabe por tanto concluir que los servicios que se pretenden contratar tienen carácter público y son de competencia municipal y obligada prestación, por lo que es necesario continuar con su adecuada prestación. La gestión de residuos deberá cumplir con los objetivos planteados por la mencionada ley de reducir la producción de residuos, maximizar su valoración y minimizar su eliminación o vertido. El servicio de limpieza viaria y limpieza de playas deben responder también a los principios básicos de sostenibilidad y adaptación constante de la prestación a las necesidades del municipio, asegurando un entorno limpio e partiendo de una realidad conocida pero cambiante en el tiempo de duración del contrato. El principio rector del servicio debe ser mantener el municipio en condiciones óptimas de limpieza y salubridad, ajustando el servicio a las necesidades de cada momento. Es por eso que la necesidad de suscribir el presente contrato deriva de la importancia de llevar a cabo las actuaciones constitutivas del contrato de servicios para la recogida de los residuos sólidos urbanos, limpieza viaria y limpieza de playas y se presenta cómo necesaria la celebración de tal contratación a fin de dar respuesta a las necesidades y deberes de prestación existentes. Se estima necesaria la contratación pretendida a través de un contrato de servicios, definido en el artículo 17 de la LCSP cómo aquel cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro, incluyendo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario.
Identificador interno: 30/2023 (electrónico 9047/2023)
5.1.1.
Finalidad
Naturaleza del contrato: Servicios
Clasificación principal (cpv): 90500000 Servicios relacionados con desperdicios y residuos
Clasificación adicional (cpv): 90511000 Servicios de recogida de desperdicios, 90511100 Servicios de recogida de desperdicios sólidos urbanos, 90511200 Servicios de recogida de desperdicios domésticos, 90511300 Servicios de recogida de basuras, 90511400 Servicios de recogida de papel, 90512000 Servicios de transporte de desperdicios, 90513000 Servicios de tratamiento y eliminación de desperdicios y residuos no peligrosos, 90513100 Servicios de eliminación de desperdicios domésticos, 90513200 Servicios de eliminación de desperdicios sólidos urbanos, 90610000 Servicios de limpieza y barrido de calles, 90611000 Servicios de limpieza de calles, 90612000 Servicios de barrido de calles
5.1.6.
Información general
Proyecto de contratación pública no financiado con fondos de la UE
La contratación pública está cubierta por el Acuerdo sobre Contratación Pública (ACP): no
5.1.10.
Criterios de adjudicación
Criterio: 
Tipo: Precio
Descripción: propuesta económica.
Categoría del criterio de adjudicación de peso: Ponderación (puntos, exacto)
Criterio de adjudicación: número: 60
Criterio: 
Tipo: Calidad
Descripción: Proyecto de gestión de medios humanos y materiales. Instalaciones..
Categoría del criterio de adjudicación de peso: Ponderación (puntos, exacto)
Criterio de adjudicación: número: 14
Criterio: 
Tipo: Calidad
Descripción: Proyecto de gestión y control ded las prestaciones. Campañas..
Categoría del criterio de adjudicación de peso: Ponderación (puntos, exacto)
Criterio de adjudicación: número: 2
Criterio: 
Tipo: Calidad
Descripción: Proyecto de organización y planificación de la ejecución del contrato.
Categoría del criterio de adjudicación de peso: Ponderación (puntos, exacto)
Criterio de adjudicación: número: 24
5.1.15.
Técnicas
Acuerdo marco: 
Ningún acuerdo marco
Información sobre el sistema dinámico de adquisición: 
Ningún sistema dinámico de adquisición
5.1.16.
Información adicional, mediación y recurso
Organización encargada de los procedimientos de recurso: Pleno del Ayuntamiento de Sanxenxo - Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.
6. Resultados
6.1.
Resultados: identificador de lotes: LOT-0000
Estado de selección del ganador: No se ha escogido a ningún ganador y la licitación está cerrada.
Motivo por el que no se eligió un ganador: Otros
8. Organizaciones
8.1.
ORG-0001
Denominación oficial: Pleno del Ayuntamiento de Sanxenxo
Número de registro: 30980520141812
Número de registro: P3605100A
Localidad: Sanxenxo
Código postal: 36960
Subdivisión del país (NUTS): Pontevedra (ES114)
País: España
Punto de contacto: Pleno del Ayuntamiento de Sanxenxo
Correo electrónico: perfildelcontratante@sanxenxo.org
Teléfono: +34 986720075
Fax: +34 986721022
Dirección de internet: http://www.sanxenxo.es
Perfil de comprador: https://contrataciondelestado.es/wps/poc?uri=deeplink:perfilContratante&idBp=y8PsR%2BwpIxwQK2TEfXGy%2BA%3D%3D
Otros puntos de contacto: 
Denominación oficial: Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Localidad: Santiago de Compostela
Código postal: 15781
País: España
Correo electrónico: tacgal@xunta.gal
Funciones de esta organización: 
Comprador
Organización encargada de los procedimientos de recurso
Información del anuncio
Identificador/versión del anuncio: f41af942-054b-4b4f-829f-4bc5e9a17e65  -  01
Tipo de formulario: Resultados
Tipo de anuncio: Anuncio de adjudicación de contrato o concesión. Régimen normal
Subtipo de anuncio: 29
Fecha de envío del anuncio: 18/11/2024 11:01:06 (UTC+01:00) Hora de Europa Central, hora de verano de Europa Occidental
Lenguas en las que este anuncio está disponible oficialmente: español
Número de publicación del anuncio: 703056-2024
Número de la edición del DO S: 225/2024
Fecha de publicación: 19/11/2024