Información adicional
De conformidad con lo establecido en la disposición adicional 4ª de la LCSP, la participación en el procedimiento de adjudicación del contrato se reservó en su totalidad a Centros Especiales de Trabajo (CET), cuando al menos el 70 por 100 de la plantilla afectada sean personas con discapacidad con especiales dificultades:
personas con un grado de discapacidad superior al 65% y aquellas con discapacidad intelectual, mental o parálisis cerebral con un reconocimiento de grado igual o superior al 33%.