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EMERGENCIA SERVICIO REFUERZO DE DESINFECCIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS PÚBLICOS DE LA REGIÓN DE MURCIA DEBIDO AL COVID-19.CLa Comisión Mixta de la Consejería de Educación y Cultura y la Consejería de Salud elaboró una Guía para el inicio del curso 2020/2021; en ella se decidió que los alumnos de la Región de Murcia regresen a las aulas y se recupere la educación presencial en los centros docentes al comienzo del curso escolar 2020/2021. Hay que ofrecer un entorno escolar seguro para todos los miembros de la comunidad educativa y evitar nuevos contagios por COVID-19, para ello se deben establecer una serie de actuaciones de prevención e higiene que permitan desarrollar las actividades propias del sistema educativo minimizando al máximo el riesgo. Para ello hay que desinfectar y ventilar los Centros Educativos de acuerdo a lo siguiente:
- Limpieza al menos una vez al día de todas las dependencias en uso del centro educativo, reforzándola en aquellos espacios que lo precisen en función de la intensidad de uso, por ejemplo, en los aseos donde será de al menos 3 veces al día.
- Se prestará especial atención a la limpieza de las zonas de uso común y a las superficies de contacto más frecuentes como pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas y otros elementos de similares características.
Por todo lo anterior hay que hacer una especial incidencia en que si no se limpia y desinfecta según los criterios determinados por sanidad, se puede generar una situación de “grave peligro” para la salud de las personas. Considerando por ello que debe acometerse el servicio anterior por el procedimiento de emergencia, al darse las circunstancias previstas en el artículo 120 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
En fecha 29/10/2020 se dictó orden de emergencia por lo expuesto anteriormente. El 03/11/2020 se publicó anuncio de adjudicación con nº
2020/S 214-525076. En fecha 05/09/2023 se comunica que se ha producido cambio en la financiación con FSE (fondos REACT UE). La UE publicó el Reglamento (UE) 2020/2221 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de diciembre de 2020, por el que se modificó el Reglamento (UE) nº 1303/2013 en lo que respecta a los recursos adicionales y las disposiciones de ejecución a fin de prestar asistencia para favorecer la reparación de la crisis en el contexto de la pandemia de COVID-19 y sus
consecuencias sociales y para preparar una recuperación verde, digital y resiliente de la economía (REACT UE). El programa operativo FSE Región de Murcia 2014-2020 fue objeto de dos reprogramaciones para absorber los fondos adicionales que se recibieron para hacer frente a los acontecimientos sobrevenidos que
se presentaron en el año 2021 y 2022. Los Organismos Gestores que han sido destinatarios de estos fondos recibieron los mismos, en la mayoría de los casos, en situación de emergencia y en el momento de elaborar la documentación oportuna de las actuaciones no tenían conocimiento de que los mismos iban a ser financiados con fondos REACT UE. Ello no exime que en dicha actuación deban figurar los fondos REACT UE tal y como se establece en el Reglamento (UE) nº 1303/2013 y deberán realizar las acciones oportunas para que conste dicha publicidad de la financiación por parte de la Unión Europea. Por tanto y para dar cumplimiento a la normativa comunitaria en materia de publicidad y propaganda, los Organismos Gestores ejecutores de las operaciones financiadas con fondos REACT EU deberán realizar la siguiente publicidad, a posteriori (en caso de que no se haya producido durante la ejecución), según el método de gestión mediante el cual se hayan implementado dichas operaciones: Si el método de gestión ha sido el de CONTRATACIÓN se deberá publicar, en el perfil del contratante, la financiación de dichos contratos con fondos REACT-UE e igualmente comunicarlo a los adjudicatarios, dejando constancia de la dicha comunicación.