Base jurídica:
Directiva 2014/24/UE
Apartado I: Poder adjudicador
I.3)ComunicaciónPuede obtenerse más información en la dirección mencionada arriba
Las ofertas o solicitudes de participación deben enviarse a la dirección mencionada arriba
I.4)Tipo de poder adjudicadorAutoridad regional o local
I.5)Principal actividadServicios públicos generales
Apartado II: Objeto
II.1)Ámbito de la contratación
II.1.1)Denominación:
Asistencia técnica para cubrir las necesidades de la Dirección de Comunicación y Participación, adscrita a la Gerencia de Ecologia Urbana, en la planificación, gestión y evaluación de la participación
II.1.2)Código CPV principal73000000 Servicios de investigación y desarrollo y servicios de consultoría conexos
II.1.3)Tipo de contratoServicios
II.1.4)Breve descripción:
Asistencia técnica para cubrir las necesidades de la Dirección de Comunicación y Participación, adscrita a la Gerencia de Ecologia Urbana, en la planificación, gestión y evaluación de la participación
II.1.5)Valor total estimado
II.1.6)Información relativa a los lotesEl contrato está dividido en lotes: no
II.2)Descripción
II.2.3)Lugar de ejecuciónCódigo NUTS: ES511 Barcelona
II.2.4)Descripción del contrato:
Asistencia técnica para cubrir las necesidades de la Dirección de Comunicación y Participación, adscrita a la Gerencia de Ecologia Urbana, en la planificación, gestión y evaluación de la participación
II.2.5)Criterios de adjudicaciónEl precio no es el único criterio de adjudicación, y todos los criterios figuran únicamente en los pliegos de la contratación
II.2.6)Valor estimado
II.2.7)Duración del contrato, acuerdo marco o sistema dinámico de adquisiciónDuración en meses: 24
Este contrato podrá ser renovado: sí
Descripción de las renovaciones:
II.2.10)Información sobre las variantesSe aceptarán variantes: no
II.2.11)Información sobre las opcionesOpciones: no
II.2.13)Información sobre fondos de la Unión EuropeaEl contrato se refiere a un proyecto o programa financiado con fondos de la Unión Europea: no
II.2.14)Información adicional
Apartado IV: Procedimiento
IV.1)Descripción
IV.1.1)Tipo de procedimientoProcedimiento abierto
IV.1.3)Información sobre un acuerdo marco o un sistema dinámico de adquisición
IV.1.8)Información acerca del Acuerdo sobre Contratación PúblicaEl contrato está cubierto por el Acuerdo sobre Contratación Pública: sí
IV.2)Información administrativa
IV.2.2)Plazo para la recepción de ofertas o solicitudes de participaciónFecha: 02/11/2021
Hora local: 23:59
IV.2.3)Fecha estimada de envío a los candidatos seleccionados de las invitaciones a licitar o a participar
IV.2.4)Lenguas en que pueden presentarse las ofertas o las solicitudes de participación:Catalán, Español
IV.2.7)Condiciones para la apertura de las plicasFecha: 09/11/2021
Hora local: 09:00
Lugar:
Se confirmará fecha y hora una vez acabado el plazo de recepción de ofertas
Apartado VI: Información complementaria
VI.1)Información sobre la periodicidadSe trata de contratos periódicos: no
VI.3)Información adicional:
VI.4)Procedimientos de recurso
VI.4.1)Órgano competente para los procedimientos de recurso VI.4.2)Órgano competente para los procedimientos de mediaciónNombre oficial: Tribunal Català de Contractes del Sector Públic
Localidad: Barcelona
País: España
VI.4.3)Procedimiento de recursoInformación precisa sobre el plazo o los plazos de recurso:
1. Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación, de acuerdo con el artículo 40 de la LCSP, los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que han de regir la contratación; los actos de trámite que decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos; y los acuerdos de adjudicación de este contrato. Este recurso tiene carácter potestativo, y se interpondrá ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público. Asimismo se podrá interponer recurso contencioso administrativo, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, y se regirá por lo dispuesto en los artículos 40 y siguientes del TRLCSP y el Real Decreto 814/2015 , de 11 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos especiales de revisión de decisiones en materia contractual y de organización del Tribunal Administrativo Central de Recursos Contractuales. Contra los actos susceptibles de recurso especial no procede la interposición de recursos administrativos ordinarios. 2. Contra los actos que adopte el órgano de contratación en relación con los efectos, cumplimiento y extinción de este contrato que no sean susceptibles de recurso especial en materia de contratación, procederá la interposición del recurso administrativo ordinario que corresponda de acuerdo con lo establecido en la Ley 26/2010, de 3 de agosto, del régimen jurídico y de procedimiento de las administraciones públicas de Cataluña, y la legislación básica del procedimiento administrativo común; o del recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
VI.4.4)Servicio del cual se puede obtener información sobre el procedimiento de recurso VI.5)Fecha de envío del presente anuncio:28/09/2021