— trabajos realizados. Descripción: artículo 90 1 de la LCSP: Apartado: a) una relación de los principales servicios o trabajos realizados de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato en el curso de, como máximo los tres últimos años, en la que se indique el importe, la fecha y el destinatario, público o privado de los mismos.
Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: el licitador deberá aportar una relación de los principales servicios realizados en los últimos cinco años (2016 al 2020) que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los importes deberán ser sumados por anualidades, a efectos de poder comprobar cual es el año de mayor volumen. Estos trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario. La suma de los trabajos realizados en el año de mayor facturación considerando la suma de todos los trabajos acreditados, deberá ser igual o superior a la anualidad media del contrato sin IVA (578 570,00 EUR). Los servicios acreditados deberán ser de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, tomando como criterio de correspondencia entre los servicios ejecutados por el empresario y los que constituyen el objeto del contrato la igualdad entre los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV. Los certificados de los servicios incluidos en la relación cuyo destinatario fue una entidad del sector público podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante de los servicios,
— instalaciones técnicas y medidas para garantizar la calidad. Descripción: artículo 90 1 de la LCSP: Apartado: c) descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa.
Requisitos mínimos de solvencia y acreditación documental: a fin de garantizar la calidad de los resultados obtenidos en laboratorio, los licitadores deberán incluir una declaración responsable en relación con la acreditación del laboratorio en las siguientes normas y títulos:
1) Norma UNE-EN-ISO/IEC 17025;
a) agua residuales;
b) agua potable;
c) agua continentales no tratadas.
2) Norma UNE-EN-ISO/IEC 17020;
3) Norma UNE-EN ISO 14001 (gestión ambiental);
4) Norma OHSAS 18001 o ISO 45001 (PRL);
5) título de idoneidad como entidad colaboradora de la administración hidráulica en materia de control y vigilancia de la calidad de las aguas y de gestión de los vertidos al dominio público hidráulico. El licitador debe disponer de un laboratorio con estas acreditaciones o bien incluir un compromiso de colaboración con uno que presente dicha declaración.