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Servicios - 96461-2018

03/03/2018    S44

España-Donostia/San Sebastián: Servicios de gestión de viajes

2018/S 044-096461

Anuncio de adjudicación de contrato

Resultados del procedimiento de contratación

Servicios

Base jurídica:
Directiva 2014/24/UE

Apartado I: Poder adjudicador

I.1)Nombre y direcciones
Nombre oficial: Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU
Número de identificación fiscal: G20448056
Dirección postal: Paseo Mirakontxa, 48, Palacio Miramar
Localidad: Donostia/San Sebastián
Código NUTS: ES21 País Vasco
Código postal: 20007
País: España
Persona de contacto: Aitziber Zubillaga
Correo electrónico: aitziber.zubillaga@uik.eus
Teléfono: +34 943219511
Direcciones de internet:
Dirección principal: www.uik.eus
Dirección del perfil de comprador: https://www.uik.eus/es/sobre-nosotros/perfil-del-contratante
I.4)Tipo de poder adjudicador
Otro tipo: Fundación privada
I.5)Principal actividad
Educación

Apartado II: Objeto

II.1)Ámbito de la contratación
II.1.1)Denominación:

Conclusión de un acuerdo marco para la contratación de empresas organizadoras de viajes para los Cursos de Verano de la UPV/EHU

Número de referencia: 2017/AM/01
II.1.2)Código CPV principal
63516000 Servicios de gestión de viajes
II.1.3)Tipo de contrato
Servicios
II.1.4)Breve descripción:

Conclusión de acuerdo marco a los efectos de seleccionar hasta 3 empresas para los servicios de mediación y organización propios de una agencia de viajes para:

— Desplazamientos y estancias correspondientes a personal de la Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU, como consecuencia de su desempeño profesional,

— Viajes y estancias derivadas de invitaciones cursadas por la Fundación Cursos de Verano de la UPV/EHU a personas o instituciones.

II.1.6)Información relativa a los lotes
El contrato está dividido en lotes: no
II.1.7)Valor total de la contratación (IVA excluido)
Valor IVA excluido: 720 000.00 EUR
II.2)Descripción
II.2.3)Lugar de ejecución
Código NUTS: ES21 País Vasco
Emplazamiento o lugar de ejecución principal:

Lugares de destino de los viajeros, principalmente la CAPV y Nueva Aquitania (Francia) en algunos casos concretos.

II.2.4)Descripción del contrato:

— Servicios propios de una agencia de viajes:

— — Los cursos de verano disponen de una plataforma para la gestión de los viajes y estancias de los profesionales que invitan,

— — Se dará acceso a las agencias adjudicatarias para que obtengan la información de las gestiones que realizar,

— — Se coordinarán con la Secretaría Técnica de los Cursos para solventar las dudas que surjan en el proceso,

— — Las agencias gestionarán los viajes y estancias en función de lo acordado por parte de la Secretaría Técnica con los profesionales invitados. En los casos en los que el profesional invitado solicite condiciones diferentes, necesitarán la autorización de la Secretaría de los Cursos de Verano.

— Desplazamientos:

— — Ofrecerán la información sobre horarios, rutas más idóneas y la disponibilidad de plazas en los medios de transporte solicitados, gestionando, en cada caso, la aplicación de la tarifa más ventajosa,

— — En lo referente a los contratos de transporte, los precios ofertados por la empresa deberán ser tarifas publicadas en los sistemas informáticos al uso (Savia-Amadeus, Galileo), o bien las que figuren en los sistemas informáticos de las propias compañías o Internet.

— Alojamientos:

— — Las agencias acordarán con la Dirección de la Fundación los alojamientos que ofrecer a los profesionales invitados. La Fundación está gestionando algunos cupos y se coordinará con las agencias para completar tales gestiones. Se ofrecerán hoteles y otro tipo de alojamientos,

— — Mediarán en la reserva de habitaciones. A tal fin, tramitarán, confirmarán y entregarán las reservas que les sean solicitadas. Asimismo, deberán proceder a la modificación o anulación de estas reservas cuando así se lo indique la persona solicitante sin que haya penalización por ello en el caso de que la modificación o anulación se realice antes de la fecha previamente indicada por el establecimiento para ello,

— — El régimen de alojamiento y el tipo se acordarán para cada edición y actividad,

— — Se deberá procurar que todas las personas participantes en una actividad se hospeden preferentemente en el mismo establecimiento.

Una vez realizada la gestión, subirán la documentación en la plataforma rellenando la información que solicita el formulario y harán llegar la información al profesional invitado y a la Secretaría Técnica. Los viajes y estancias del personal no se gestionarán a través de la plataforma, sino directamente con la Secretaría Técnica por teléfono y correo electrónico.

II.2.5)Criterios de adjudicación
Criterio de calidad - Nombre: Atención de incidencias / Ponderación: 20
Criterio de calidad - Nombre: Cobertura de riesgos / Ponderación: 10
Criterio de calidad - Nombre: Mejoras / Ponderación: 10
Criterio relativo al coste - Nombre: Comisiones por emisión, reemisión y reembolso de billetes de transporte / Ponderación: 40
Criterio relativo al coste - Nombre: Comisión por gestiones de alquiler de vehículos / Ponderación: 5
Criterio relativo al coste - Nombre: Cobro de facturas de 30 a 60 días / Ponderación: 15
II.2.11)Información sobre las opciones
Opciones: no
II.2.13)Información sobre fondos de la Unión Europea
El contrato se refiere a un proyecto o programa financiado con fondos de la Unión Europea: no
II.2.14)Información adicional

Apartado IV: Procedimiento

IV.1)Descripción
IV.1.1)Tipo de procedimiento
Procedimiento abierto
IV.1.3)Información sobre un acuerdo marco o un sistema dinámico de adquisición
El anuncio se refiere al establecimiento de un acuerdo marco
IV.1.8)Información acerca del Acuerdo sobre Contratación Pública
El contrato está cubierto por el Acuerdo sobre Contratación Pública: no
IV.2)Información administrativa
IV.2.1)Publicación anterior referente al presente procedimiento
Número de anuncio en el DO S: 2017/S 211-438481
IV.2.8)Información sobre la terminación del sistema dinámico de adquisición
IV.2.9)Información sobre la anulación de la convocatoria de licitación en forma de anuncio de información previa

Apartado V: Adjudicación de contrato

Denominación:

Conclusión de un acuerdo marco para la contratación de empresas organizadoras de viajes para los Cursos de Verano de la UPV/EHU

Se adjudica un contrato/lote: sí
V.2)Adjudicación de contrato
V.2.1)Fecha de celebración del contrato:
22/02/2018
V.2.2)Información sobre las ofertas
Número de ofertas recibidas: 5
El contrato ha sido adjudicado a un grupo de operadores económicos: sí
V.2.3)Nombre y dirección del contratista
Nombre oficial: Viajes Ecuador
Número de identificación fiscal: 48028179
Localidad: Bilbao
Código NUTS: ES213 Vizcaya
País: España
El contratista es una PYME: no
V.2.3)Nombre y dirección del contratista
Nombre oficial: Viajes El Corte Inglés
Número de identificación fiscal: A28229813
Localidad: Madrid
Código NUTS: ES3 COMUNIDAD DE MADRID
País: España
El contratista es una PYME: no
V.2.3)Nombre y dirección del contratista
Nombre oficial: Basque Destination
Número de identificación fiscal: 2075096891
Localidad: Donostia/San Sebastián
Código NUTS: ES212 Guipúzcoa
País: España
El contratista es una PYME: sí
V.2.4)Información sobre el valor del contrato/lote (IVA excluido)
Valor total inicial estimado del contrato/lote: 720 000.00 EUR
Valor total del contrato/lote: 720 000.00 EUR
V.2.5)Información sobre la subcontratación

Apartado VI: Información complementaria

VI.3)Información adicional:
VI.4)Procedimientos de recurso
VI.4.1)Órgano competente para los procedimientos de recurso
Nombre oficial: Sala de lo Contencioso-Administrativo del País Vasco
Localidad: Donostia/San Sebastián
País: España
VI.4.3)Procedimiento de recurso
Información precisa sobre el plazo o los plazos de recurso:

VIII) Órganos para solución de controversias, acciones, recursos y jurisdicción.

46) Jurisdicción competente.

Cualquier controversia sobre la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y extinción se resolverá por los órganos jurisdiccionales del orden civil o contencioso-administrativo según proceda, previo, en su caso, y cuando proceda, del recurso especial potestativo en materia de contratación que, de conformidad al artículo 40 del TRLCSP, se estará facultado a interponer ante el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales correspondiente.

En concreto, en el caso de las cuestiones relativas a la preparación y adjudicación de los contratos de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del Anexo II del TRLCSP cuya cuantía sea igual o superior a 209 000 EUR, el recurso se deberá interponer ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo.

En tal caso, de conformidad al artículo 40.6 del TRLCSP, será facultativa la previa interposición del recurso especial potestativo en materia de contratación ante el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la CAPV, correspondiendo en consecuencia a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del País Vasco el conocimiento del recurso que se pudiera interponer frente a la resolución que fuese dictada por el citado Órgano Administrativo de Recursos Contractuales de la CAPV, de conformidad al artículo 10.1 k) de la Ley 29/1998 LRJCA. Por el contrario, si no se interpone este recurso especial, el conocimiento del recurso contencioso-administrativo que se vaya a interponer, de conformidad al artículo 8.3 de la Ley 29/1998 LRJCA, corresponderá a los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo del lugar en donde la Fundación tenga su sede.

Fuera de los casos mencionados en el párrafo anterior, el resto de cualesquiera cuestiones relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento o extinción de estos contratos se substanciarán ante el Orden Jurisdiccional Civil mediante la interposición de una demanda civil a través del procedimiento correspondiente a la cuantía que vendrá determinada por el valor económico de la pretensión objeto del mismo.

47) Recurso especial en materia de contratación.

47.1) Ámbito: el recurso especial en materia de contratación previo a la interposición del contencioso-administrativo tendrá cabida en el presente caso por tratarse de un supuesto de contrato de servicios comprendidos en las categorías 17 a 27 del Anexo II del TRLCSP cuyo valor estimado sea igual o superior a 209 000 EUR;

47.2) Podrán ser objeto del recurso los siguientes actos:

a) Los anuncios de licitación, los pliegos y los documentos contractuales que establezcan las condiciones que deban regir la contratación;

b) Los actos de trámite adoptados en el procedimiento de adjudicación, siempre que éstos decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos. Se considerarán actos de trámite que determinan la imposibilidad de continuar el procedimiento los actos de la mesa de contratación por los que se acuerde la exclusión de licitadores;

c) Los acuerdos de adjudicación adoptados por los poderes adjudicadores.

48.3) La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los artículos 40 a 49 del TRLCSP. Contra la resolución del recurso solo procederá la interposición de recurso contencioso-administrativo conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

VI.5)Fecha de envío del presente anuncio:
27/02/2018